martes, 28 de diciembre de 2010

Salida inminente de Luis Rubí y Jorge Rivera Avilés

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El Fiscal General, Luis Rubí, y el titular del Poder Judicial, Jorge Rivera, defienden de forma pública a los responsables directos e indirectos de la destitución ilegal del ex Presidente Manuel Zelaya, y del asesinato de al menos 177 personas; por esa razón, la comunidad internacional y los hondureños exigen la destitución inmediata de Rubí y Rivera.
Redacción Central / EL LIBERTADOR
Tegucigalpa. En el país no puede existir institucionalidad mientras el Fiscal General de la República, Luis Rubí, y el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Rivera Avilés, continúen en sus cargos.
Esto, porque la comunidad internacional no reconoce a Rubí ni a Rivera Avilés, por ejemplo, a ambos se les ha negado el ingreso a España por su participación en el golpe de Estado del 28 de junio de 2009, cuando un grupo elite de las Fuerzas Armadas secuestró y extraditó por las armas al mandatario Manuel Zelaya Rosales.
Asimismo, organismos de derechos humanos demandan que el Fiscal General y el presidente del Poder Judicial sean destituidos, por entorpecer el proceso contra la junta de comandantes del Estado Mayor Conjunto y las caras visibles del golpe de Estado, que han violentado los derechos fundamentales de al menos 9 mil personas.
La dictadura de Roberto Micheletti Baín y Romeo Vásquez Velásquez, títeres de la oligarquía criolla, ha arrebatado la vida de unos 177 integrantes de “La Resistencia”; además, dilapidó los recursos económicos del país, lo que ha sumido en miseria y pobreza extrema a al menos 6 millones de personas.

lunes, 20 de diciembre de 2010

Paramilitares del alcalde Ricardo Álvarez agreden EL LIBERTADOR

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El odio manifiesto de Ricardo Álvarez contra los hondureños empobrecidos producto de un sistema político y económico cruel y excluyente que a través de la historia beneficia a pocos y daña a muchos; ese esquema permite una vida de mucha riqueza al alcalde capitalino y al resto de las familias oligárquicas, pero condena a la miseria y a la muerte a la mayoría de hondureños, entre otros, a los campesinos del Aguán.

Redacción / EL LIBERTADOR
redaccion@ellibertador.hn

Tegucigalpa. No cesa la represión contra “EL LIBERTADOR”.  El viernes 9 de diciembre de 2010, cinco paramilitares por órdenes del edil fascista Ricardo Álvarez, intentar boicotear la maratón que impulsa este medio de comunicación a favor de los campesinos y campesinas del valle del Aguán, en el departamento de Colón, ubicado a unos 550 kilómetros al norte de la capital.
Los guardias del alcalde portaban boinas militares, lentes oscuros y armas de reglamento militar; luego este periódico investigo que son elementos de los escuadrones elite de las Fuerzas Armadas denominados “Fuerzas Especiales”.

DENUNCIA INTERNACIONAL
Los paramilitares intentaron agredir a personal de “EL LIBERTADOR” cuando tomaban fotografías y filmaban el abuso de autoridad que estaban cometiendo contra varios ciudadanos que se opusieron a que de nuevo se llevaran los bienes entregados por personas que dijeron presente a la ayuda solidaria.- EL LIBERTADOR ya ha realizado las denuncias ante los medios de comunicación, organizaciones de derechos humanos, y hemos recibido mensajes de apoyo de Europa, el Caribe y Sudamérica; en los mensajes repudian la conducta del alcalde al entorpecer una actividad humanitaria a favor de campesinos que urgen de ayuda, en momentos que se encuentran cercados por el Ejército, paramilitares de Miguel Facussé y la Policía.

ALCALDE DIRIGE EJÉRCITO
5-65.gifEstas acciones no son extrañas. Al filo de las 6 p.m. de ayer (miércoles 8 de diciembre), otro grupo de paramilitares de la Alcaldía de Tegucigalpa se presentó a las instalaciones del periódico, en el centro de la capital, para decomisar equipo del periódico dispuesto para la maratón; también se llevaron víveres y ropa que habían sido recolectadas durante el día.

Sin presentar identificaciones, los militares al servicio del alcalde Álvarez expresaron: “Esto es un decomiso por parte de la Alcaldía Municipal”, y sin decir más, subieron el equipo y los víveres en dos vehículos pick up, marca Nissan Frontier, con vidrios polarizados y sin placas, similares a los usados durante la dictadura de Roberto Micheletti para reprimir al pueblo.

FF. AA. OBEDECEN A FACUSSÉ
En la actualidad, el árabe golpista Miguel Facussé (tío del ex presidente Carlos Flores Facussé) ha orquestado con la obediencia que le rinden las Fuerzas Armadas un bloqueo en las comunidades campesinas del valle del Aguán, a donde no se permite el ingreso de alimentos enlatados, ropa y medicamentos para los campesinos diseminados en esa zona, con el propósito de debilitar física y moralmente a las familias campesinas, sin importarle que ahí residen mujeres, niños y ancianos que están padeciendo hambre y enfermedades.

CALLA EL ALCALDE GOLPISTA
La Alcaldía del Distrito Central no ha hecho ningún pronunciamiento sobre lo ocurrido en las instalaciones de  “EL LIBERTADOR”. El edil Ricardo Álvarez, no da muestras de estar interesado en que los campesinos del Aguán reciban la ayuda que tanto necesitan.
Y esta casa editora entiende que no puede comprender la dimensión nacional, si ha en más seis años ha mostrado una ineptitud extraordinaria para desarrollar el municipio del Distrito Central, que durante su administración se ha deteriorado y Tegucigalpa hoy es la capital del desorden a pesar de los presupuestos multimillonarios que maneja cada año y de los 75 millones de lempiras que la golpista Gabriela Núñez le regalo de manera abusiva durante la dictadura.

Millones de razones fortalecieron el golpismo en Rodrigo Wong Arévalo

imageLa bandera de lucha la define el dinero, así caracterizan las pruebas al director de Abriendo Brecha, abrió la boca y gritó para defender al Presidente Zelaya cuando le otorgó contratos millonarios a través de pauta para Canal 10; pero bastaron cuatro días del golpe para firmar contratos similares de publicidad con el dictador y se transformó en golpista a muerte.
Rodrigo Wong Arévalo es símbolo de hipocresía: Atacó al Presidente Zelaya con lo que éste le otorgó, la frecuencia de canal 10 y contratos de publicidad millonarios; demostró la baja catadura moral al traicionar a la persona que le brindó la mano y al auditorio que por años creyó en que eran auténticos sus sermones y sus poses doctorales.
EL LIBERTADOR tiene en su poder varios contratos y otros documentos que serán publicados en las siguientes ediciones, que dan fe de las relaciones de negocios de Wong Arévalo con el gobierno de Zelaya y con la dictadura liderada por Roberto Micheletti.

Redacción / EL LIBERTADOR

Tegucigalpa. A cuatro días del golpe de Estado, el 2 de julio de 2009, Rodrigo Wong Arévalo cerró el primer contrato millonario para Canal 10 otorgado por el dictador Roberto Micheletti. El acuerdo establece que el costo de la campaña de comunicación denominada “Socialización de Textos Escolares y Comprensión de la Lectura” asciende a un monto total de 10 millones de lempiras, de los cuales Televisión Educativa Nacional (TEN) canal 10, “aportará siete millones” y tres millones pagará la Secretaría de Educación, que en ese momento fungía como titular el golpista Santos Elio Sosa Miranda.
En esos días, mientras Wong Arévalo se lucraba de la dictadura, el pueblo opuesto a la ruptura del orden constitucional era reprimido y asesinados en las calles mientras se movilizada exigiendo que se fuera el usurpador Micheletti y se restituyera en el cargo al Presidente Manuel Zelaya, al que Wong también le había sacado sumas millonarias mediante contrato similares al que firmó con los enemigos de la democracia y vividores eternos de los fondos públicos.

 “SÓLO SON NEGOCIOS”

Las pruebas en poder de EL LIBERTADOR evidencian las motivaciones golpistas de Wong Arévalo, con ello demuestra el cinismo a muerte que lo caracteriza cuando habla de democracia y del pueblo, cuando ha demostrado que el dinero es lo único que le interesa, y no importa si viene de un asesino  como los golpistas; además, quedó constatado que no es amigo de nadie sólo del dinero, porque sin empacho alguno traicionó a “Mel”, que fue quien le concedió la frecuencia de Canal 10 bajo el supuesto que sería un medio de comunicación educativo, pero las pruebas indican que es otro instrumento para concentrar riqueza. Wong no tuvo empacho para atacar a Zelaya, aun cuando meses antes del golpe de Estado le entendía cheques con cifras millonarias para engordar la avaricia de un oriental que vende la imagen de hombre integro y a gritos impone respeto a los telespectadores. La realidad es otra se vende a cualquiera.
Por ejemplo, como buen demócrata se sentó con el dictador Micheletti, reconoció el gobierno de facto y a cambio el tiránico le otorgó un contrato sin licitación, se lo dio de manera directa. Ahora se entiende el odio acérrimo durante la dictadura de Wong contra al otrora protector Zelaya. Como dice el Padrino: “Nada personal, son sólo negocios”.

PACTO DE TRAIDORES

Wong aceptó al dictador y el déspota complacido acordó: “Autorizar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación para que mediante un procedimiento de Contratación Directa, adquiera los servicios de comunicación, divulgación y publicidad, para desarrollar la campaña… misma que se llevará a cabo en un periodo de seis meses comprendido del 1 de julio al 31 de diciembre del año 2009”. El director de Abriendo Brecha en plena masacre contra el pueblo hondureño, del que tanto se llena la boca todos los días, se dedicaba a sacar dinero de fondos nacionales como el resto de golpistas y, a cambio, se convirtió en un defensor rabioso de la inconstitucionalidad del gobierno tiránico. Meses atrás el mismo Wong miraba con ojos de beneplácito las acciones del gobierno de Zelaya al trasluz de los contratos millonarios que también le regaló muchos millones por el mismo trabajo en el “canal educativo”.

viernes, 10 de diciembre de 2010

URGENTE: Fuerzas Armadas imponen estado de sitio en comunidad del Valle del Aguán

El XV Batallón de Infantería de Trujillo y la Policía Nacional han impuesto el estado de sitio en la comunidad Guadalupe Carney, ubicada en el municipio de Tocoa, Colón, a unos 550 kilómetros al norte de la capital.
Los uniformados le expresan a los campesinos “vamos a hacer tamales”, término usado según los campesinos del Movimiento Campesino del Aguan (MCA), cuando van asesinar en las zonas donde se asientan las Fuerzas Armadas.
Redacción Central / EL LIBERTADOR
Guadalupe Carney, Colón. Esta comunidad, ubicada en las cercanías de la haciendo El Tumbador, donde el pasado 15 de noviembre se registró la masacre de cinco campesinos a manos de los guardias del terrateniente Miguel Facussé, vuelve a estar en serios problemas. Esta vez los protagonistas son el XV Batallón de Infantería de la ciudad de Trujillo, la Policía Nacional, el Escuadrón Cobra y personal de inteligencia militar.
Los pobladores de Guadalupe Carney iniciaron hoy (martes 7 de diciembre) una protesta pacífica en las afueras de esa comunidad, sobre la carretera que conduce de Tocoa a Trujillo. La toma comenzó a las 2 de la tarde, pero los contingentes policíaco – militares rodeó a los campesinos una horas después.
“VAMOS A HACER TAMALES”
Los integranes del Movimiento Campesino del Aguán (MCA), expresaron vía telefónica con este rotativo, que temen por sus vidas ya que los militares y policías se desplegaron con el armamento bélico suficiente como para iniciar una guerra.
Además, denunciaron que en la zona hay unos 500 efectivos, mientras que los campesinos que se mantienen en protesta son 400 y se encuentran totalmente desarmados.
Este no es un temor infundado, en vista que al llegar al lugar los militares empezaron a gritar “vamos a hacer tamales”.
De acuerdo con los denunciantes, esta frase la utilizan los uniformados cuando van a asesinar a los campesinos del Aguán.
INCREMENTAN MEDIDAS INTIMIDATORIAS
El fluido eléctrico ha sido interrumpido. La comunidad se encuentra alarmada por tal acontecimiento, por lo que han tomado la decisión de movilizar a los niños y mujeres a un lugar seguro, previniendo un posible ataque. Los campesinos de Guadalupe Carney responsabilizan al Presidente de la República, Porfirio Lobo Sosa, por cualquier muerte que se dé en el transcurso de las horas, así como a los terratenientes Miguel Facussé, Reinaldo Canales, René Morales y el diputado Óscar Nájera.
El día de mañana viajará una comisión de derechos humanos, junto con equipo de prensa internacional y nacional, para conocer las violaciones a los derechos civiles y cómo se ha manejado la problemática por parte de las fuerzas públicas (militares y policías).
Esta comisión tiene como objetivo montar un observatorio para estar cerca de las comunidades campesinas del Aguán, y así evitar que se sigan cometiendo actos de lesa humanidad.

CODEH solicita requerimiento judicial contra el árabe Miguel Facussé por asesinato de campesinos en el Aguán

Entre las acusaciones contra Miguel Facussé Barjum está la masacre del pasado 15 de noviembre en el sector de “Tumbador”, en el departamento de Colón. En ese lugar fueron asesinados los integrantes del Movimiento Campesino del Aguán (MCA), Ignacio Reyes, Teodoro Acosta, Siriaco Muños, Raúl Castillo y José Luis Sauceda.
Redacción Central / EL LIBERTADOR
redaccion@ellibertador.hn
Tegucigalpa. El Comité para la Defensa  de los Derechos Humanos en Honduras (Codeh), presentará mañana viernes (10 de diciembre de 2010), formal denuncia para solicitar requerimiento fiscal contra el terrateniente Miguel Facussé Barjum, en el Día Internacional de los Derechos Humanos.
De acuerdo con el presidente del Codeh, Andrés Pavón, la conferencia se llevará a cabo a las 10 de la mañana en las oficinas de la institución, donde “se presentará el escenario en que se planificó la reciente masacre de cinco campesinos afiliados al Movimiento de Campesinos del Aguán (MCA); se expondrán imágenes y detalles de dicho crimen”.
MASACRE DE “TUMBADOR”
5-25.gifEl pasado 15 de noviembre, en el sector de “Tumbador”, fueron masacrados cinco campesinos del MCA: Ignacio Reyes (50), Teodoro Acosta (40), Siriaco Muños (56), Raúl Castillo (45) y José Luis Sauceda (32), originarios de la comunidad de “Guadalupe Carney”. En la masacre intervinieron los 200 guardias privados del terrateniente Facussé.

Alcalde Ricardo Álvarez ordena boicot a solidaridad “Comida, Abrigo y Juguetes para campesinos (as) del Aguán”

Durante dos días, ayer 8 de diciembre de 2010 y hoy, paramilitares con uniforme de empleados de la alcaldía de Tegucigalpa cumpliendo órdenes del alcalde fascista, Ricardo Álvarez, han asaltado y robado bienes del periódico EL LIBERTADOR, que coordina la maratón, y decomisaron parte de las donaciones que ha entregado el pueblo hondureño.

El odio manifiesto de Ricardo Álvarez contra los hondureños empobrecidos producto de un sistema político y económico cruel y excluyente que a través de la historia beneficia a pocos y daña a muchos; ese esquema permite una vida de mucha riqueza al alcalde capitalino y al resto de las familias oligárquicas, pero condena a la miseria y a la muerte a la mayoría de hondureños, entre otros, a los campesinos del Aguán.
EL LIBERTADOR ha denunciado ante Honduras y ante el mundo la acción del alcalde tirano; a esta hora hemos recibido palabras y correos de apoyo de distintas organizaciones de periodistas y derechos humanos de Europa, del Caribe y de Sudamérica, y repudian las acciones de un edil con visión tercermundista al tratar de impedir el evento humanitaria que impulsa este periódico.
Redacción Central / EL LIBERTADOR
Tegucigalpa. No cesa la represión contra “EL LIBERTADOR”.  A las 10 de la mañana de hoy (viernes 9 de diciembre de 2010), cinco paramilitares por órdenes del edil fascista Ricardo Álvarez, intentar boicotear la maratón que impulsa este medio de comunicación a favor de los campesinos y campesinas del valle del Aguán, en el departamento de Colón, ubicado a unos 550 kilómetros al norte de la capital.
Los guardias del alcalde portaban boinas militares, lentes oscuros y armas de reglamento militar; luego este periódico investigo que son elementos de los escuadrones elite de las Fuerzas Armadas denominados “Fuerzas Especiales”.
DENUNCIA INTERNACIONAL
Los paramilitares intentaron agredir a personal de “EL LIBERTADOR” cuando tomaban fotografías y filmaban el abuso de autoridad que estaban cometiendo contra varios ciudadanos que se opusieron a que de nuevo se llevaran los bienes entregados por personas que dijeron presente a la ayuda solidaria.- EL LIBERTADOR ya ha realizado las denuncias ante los medios de comunicación, organizaciones de derechos humanos, y hemos recibido mensajes de apoyo de Europa, el Caribe y Sudamérica; en los mensajes repudian la conducta del alcalde al entorpecer una actividad humanitaria a favor de campesinos que urgen de ayuda, en momentos que se encuentran cercados por el Ejército, paramilitares de Miguel Facussé y la Policía.
ALCALDE DIRIGE EJÉRCITO
Estas acciones no son extrañas. Al filo de las 6 p.m. de ayer (miércoles 8 de diciembre), otro grupo de paramilitares de la Alcaldía de Tegucigalpa se presentó a las instalaciones del periódico, en el centro de la capital, para decomisar equipo del periódico dispuesto para la maratón; también se llevaron víveres y ropa que habían sido recolectadas durante el día.
Sin presentar identificaciones, los militares al servicio del alcalde Álvarez expresaron: “Esto es un decomiso por parte de la Alcaldía Municipal”, y sin decir más, subieron el equipo y los víveres en dos vehículos pick up, marca Nissan Frontier, con vidrios polarizados y sin placas, similares a los usados durante la dictadura de Roberto Micheletti para reprimir al pueblo.
FF. AA. OBEDECEN A FACUSSÉ
En la actualidad, el árabe golpista Miguel Facussé (tío del ex presidente Carlos Flores Facussé) ha orquestado con la obediencia que le rinden las Fuerzas Armadas un bloqueo en las comunidades campesinas del valle del Aguán, a donde no se permite el ingreso de alimentos enlatados, ropa y medicamentos para los campesinos diseminados en esa zona, con el propósito de debilitar física y moralmente a las familias campesinas, sin importarle que ahí residen mujeres, niños y ancianos que están padeciendo hambre y enfermedades.
Por esa razón, “EL LIBERTADOR, Primer Auditor Social de Honduras”, impulsó una maratón, que durará 48 horas termina este viernes 10 de Diciembre de 2010 a las 6:00 de la tarde.
INVITACIÓN SOLIDARIA
Instamos a la población a que siga contribuyendo con la causa humanitaria. Es importante que nos mantengamos unidos, para poder brindarles a los compatriotas del Aguán un poco de esperanza.- Solicitamos víveres, calzado, medicamentos, ropa y juguetes para que los niños olviden por un momento la violencia.
 CALLA EL ALCALDE GOLPISTA
La Alcaldía del Distrito Central no ha hecho ningún pronunciamiento sobre lo ocurrido en las instalaciones del periódico “EL LIBERTADOR”. El edil Ricardo Álvarez, no da muestras de estar interesado en que los campesinos del Aguán reciban la ayuda que con tanto necesitan.
Y esta casa editora entiende que no puede comprender la dimensión nacional, si ha en más seis años ha mostrado una ineptitud extraordinaria para desarrollar el municipio del Distrito Central, que durante su administración se ha deteriorado y Tegucigalpa hoy es la capital del desorden a pesar de los presupuestos multimillonarios que maneja cada año y de los 75 millones de lempiras que la golpista Gabriela Núñez le regalo de manera abusiva durante la dictadura.

“Sé que sos periodista y te puedo matar”: Dice paramilitar del alcalde Ricardo Álvarez a comunicador de EL LIBERTADOR

Al estilo del fascista salvadoreño Roberto D’abuisson, el alcalde de Tegucigalpa Ricardo Álvarez, ha realizado un boicot contra la maratón solidaria “Abrigo, Comida y Juguetes para los campesinos y campesinas del Aguán”, que coordina EL LIBERTADOR.
En dos ocasiones, ayer 8 de diciembre de 2010, a las 6:00 de la tarde y hoy a las 10:00 de la mañana han llegado paramilitares del alcalde a las oficinas del periódico, donde está el centro de acopio, para asaltar y presionar, a fin de impedir la ejecución de la actividad a favor de hondureños y hondureñas que están padeciendo hambre y enfermedad.
Redacción / EL LIBERTADOR
Tegucigalpa. Hoy en horas de la mañana nuevamente llegaron a las instalaciones del periódico EL LIBERTADOR paramilitares armados de la Alcaldía Municipal del Distrito Central y amenazaron con matar periodistas.
Uno de los efectivos con insignia de sargento, pero vestía uniforme de empleado de la alcaldía capitalina, se dirigió a un comunicador de EL LIBERTADOR que captaba gráficas de los acontecimientos, y le dijo: “Sé que sos periodista y te puedo matar”.- Posteriormente, este militar al servicio de Ricardo Álvarez comentó que pertenece al escuadrón elite “Fuerzas Especiales”, brazo especializado de las Fuerzas Armadas.
5-20.gifEl pelotón municipal perdió el control al ver cámaras fotográficas y teléfonos grabando los hechos. Los responsables de la maratón le preguntaron a los paramilitares ¿Qué delito comete una empresa cuando cumple con responsabilidad social? ¿En qué delito se incurre cuando sólo queremos ayudar a compatriotas que necesitan apoyo solidario, agobiados por el hambre y la enfermedad?
EL LIBERTADOR, comenzó una campaña para recolectar víveres en general, alimentos, ropa, zapatos y juguetes para los campesinos del Bajo Aguán, pero al alcalde Ricardo Álvarez que es parte de la oligarquía golpista de Honduras, ha intentado en dos ocasiones impedir que EL LIBERTADOR ejecute la actividad a favor de familias empobrecidas de Honduras, que residen a unos 540 kilómetros al norte de la capital. Y esa zona norteña, en este momento, esta sitiada por el ejército nacional que prácticamente ha impuesto un estado de sitio y ha convertido el Valle del Aguán en un campo de concentración.
5-21.gifAyer por la tarde los militares al servicio del alcalde asaltaron las instalaciones de EL LIBERTADOR y se llevaron bienes del periódico, utilizados como logística para la actividad, entre otros, Mesas, sillas y una computadora portátil. Además, se apropiaron de parte de la despensa que la población había entregado.
Hoy por la mañana quisieron hacer lo mismo; para su sorpresa había más personas de las que esperaban; intentaron llevar detenido a uno de los voluntarios de la radio maratón; sin embargo opusieron resistencia y no lo lograron ante la protesta de otros hondureños que llegaron a donar.
Es una pena que las autoridades de Honduras muy lejos de apoyar las causas nobles muestran desprecio por el pueblo, que con sus impuestos mantiene sus hogares; no obstante, a miembros de la oligarquía que recolectan millones de lempiras en efectivo, terrenos, carros y edificios, incluso reciben partidas del Estado para la TELETON ni siquiera son auditados, a pesar que han estado vinculados a casos de corrupción y mantienen deudas con el Estado.
Los campesinos del Bajo Aguán viven en extrema pobreza; pero en los últimos días ha sido difamados por los medios de comunicación golpistas para crear el escenario de invasión militar como ha acontecido. Esa prensa especialista en desinformación y enemiga de la mayoría de hondureños, asegura que los campesinos están  “armados hasta los dientes”; sin embargo el equipo de periodista de EL LIBERTADOR ubicados en el lugar reporta que los agricultores no tienen ni que comer, mucho menos para comprar armas. EL LIBERTADOR condena la conducta enferma y fascista del alcalde Ricardo Álvarez. NUNCA OLVIDAREMOS EL ATAQUE DE ALVAREZ A EL LIBERTADOR Y AL PUEBLO.

sábado, 4 de diciembre de 2010

Empresario que organiza la Teleton le debe al Estado más de 16 millones

(Tomado de: Red Morazánica de Información) Según el periódico digital EL LIBERTADOR, Ferrari le debe al Estado desde 1998 una deuda que nunca honró, según el diario, “para proteger las instalaciones ubicadas a inmediaciones del río Choluteca, en la colonia San José de la Vega, de Comayagüela, el 14 de mayo de 1998 la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (Hondutel), suscribió la “Póliza de Seguros Todo Riesgo”, bajo el número 01-IN-000559-98, con la extinta compañía Intercentroamericana de Seguros, S.A. (Intercasa), presidida por Rafael Ferrari”.

Tegucigalpa. El empresario de medios de comunicación y propietario también del  Club Deportivo Olimpia, José Rafael Ferrari, organizador de la telemaraton conocida como la Teletón, le debe al estado de Honduras, más 16 millones de lempiras en concepto de impuestos, según una lista publicada por la Dirección Ejecutiva de Ingresos DEI.

De acuerdo con la lista de deudores echa pública por el Director Ejecutivo de la DEI, Oswaldo Guillen, La empresa Multifon propiedad del empresario, le adeuda al Estado de Honduras,  nueve millones 854 mil 840.36 lempiras, mientras el Club Deportivo de Olimpia, también de su propiedad le debe seis millones 437 mil 710.38 lempiras.

El empresario es propietario de la Corporación Televicentro que agrupa a varios canales de televisión, además de ser propietario del grupo Emisoras Unidas, el grupo de radioemisoras más grande del país.

El adeudo total entre las dos empresas suma la cantidad de 16 millones 292 mil 550.74 lempiras, cerca de un millón de dólares norteamericanos.

Ferrari un empresario que formó parte del Golpe de Estado

Ferrari es parte del grupo de empresarios que participaron activamente en el derrocamiento del Presidente Constitucional Manuel Zelaya Rosales, el 28 de junio de 2009.

El empresario formó parte de la “conspiración” que sacó a Zelaya del poder, en la que sus medios de comunicación jugaron un papel estelar en la preparación del golpe de Estado militar, como el día del golpe en el que se dedicaron a transmitir partidos de fútbol en la televisión o música en las radioemisoras propiedad del empresario.

El escritor Fabricio Estrada señaló hace algunos días, en una entrevista con la Red Morazánica de Información, que “el golpe de Estado fue el primer gran golpe mediático de la historia mundial”, aunque la “gran prensa” haciendo más evidente su participación en el quiebre democrático y su carencia de principios, no fue capaz, siquiera, de llamar por su nombre lo ocurrido el 28 de junio.

“Fue el primer gran golpe de Estado desde los Medios, todo fue coordinado desde los Medios, el guión o protocolo para el golpe se dio a través de los voceros mediáticos”, Renato Álvarez, Edgardo Melgar Rodrigo Wong, Radio América, HRN, diario El Heraldo, La Prensa y diario La Tribuna, dijo el escritor.

Según Estrada, todo ocurrió como si se tratase de una obra teatral. Primero, el divorcio de diario El Heraldo con el Presidente Zelaya, empezaron a destruirle su integridad personal, utilizando la burla, después el descrédito, luego más a fondo, “concentrando los rayos como una lupa”, hacia sus allegados, poniéndolos en entredicho en mil cosas y calumnias y fue, así, reuniéndose paso a paso, un conglomerado de medios en pro de destituir a Zelaya.

“Todo fue hecho, paso a paso, desde los medios, todo fue coreografiado y escenografiado induciendo, paso a paso, oscureciendo el horizonte”, relata Estrada, que recuerda como, cuatro días antes del golpe, Renato Álvarez (Televicentro) convocó al Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, bajo un escenario en color negro, como anunciando el terror que se acercaba para toda la población.

En oficinas de Televicentro ubicadas en el Boulevard Suyapa ser reunían con Rafael Ferrari, en pleno golpe de estado Vilma Morales, Arturo Corrales, Nahum Valladares, Manuel Villeda Toledo, y otros prominentes miembros de la asonada del 28 de junio del 2009.

Ferrari un empresario acostumbrado a quedarse con plata del Estado

Según el periódico digital El Libertador, Ferrari le debe al Estado desde 19998 una deuda que nunca honró, según el diario,  “para proteger las instalaciones ubicadas a inmediaciones del río Choluteca, en la colonia San José de la Vega, de Comayagüela, el 14 de mayo de 1998 la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (Hondutel), suscribió la “Póliza de Seguros Todo Riesgo”, bajo el número 01-IN-000559-98, con la extinta compañía Intercentroamericana de Seguros, S.A. (Intercasa), presidida por Rafael Ferrari”.

Con el paso del huracán Mitch, en 1998, las instalaciones de Hondutel quedaron completamente destruidas por lo que la estatal notificó a la aseguradora Intercasa, por daños recibidos a causa del fenómeno tropical.

De acuerdo con el medio de comunicación la póliza de seguros que había suscrito Hondutel era de 152 millones de lempiras, de los cuales “Intercasa apenas desembolsó cerca de seis millones. Esto obligó al gerente de Hondutel, Roberto Brevé Reyes, y al presidente del Consejo de Administración de Intercasa, Rafael Ferrari, a suscribir un convenio de pago, el 20 de julio de 2000”.

“A pesar del compromiso adquirido y a las repetidas solicitudes de Hondutel, Ferrari y sus socios no honraron la deuda.

La junta directiva de Intercasa la integraban José Lamas, Manuel Villeda Toledo, Jorge Canahuati, Rafael Leonardo Callejas, René Morales y Mario Rivera López”. 

domingo, 28 de noviembre de 2010

Wikileaks filtra informaciones sobre Chávez, Cristina Fernández y Honduras

Los esfuerzos por aislar al presidente de Venezuela así como la solicitud de información sobre la salud mental de la presidenta de Argentina son algunas de las informaciones contenidas en los aparentes cables diplomáticos secretos de EE.UU. obtenidos por la página en internet Wikileaks, que fueron divulgadas este domingo por el diario español El País.
Según El País, entre los 250.000 documentos publicados se abordan "los esfuerzos por cortejar a países de América Latina para aislar al venezolano Hugo Chávez" así como también "las permanentes presiones que se ejercen sobre los diferentes gobiernos, desde Brasil a Turquía, para favorecer los intereses comerciales o militares de Estados Unidos".
El diario español se refiere también a "las sospechas que la presidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, despierta en Washington, hasta el punto de que la Secretaría de Estado llega a solicitar información sobre su estado de salud mental".
Además, "hay cables de gran valor histórico, como el que revela la apuesta de la diplomacia norteamericana por el derrocamiento del general panameño Manuel Antonio Noriega o el que detalla ciertos movimientos de Estados Unidos durante el golpe de Estado que destituyó a Manuel Zelaya en Honduras".
Detalles de estas informaciones prometen abordarse en posteriores entregas, señaló el diario.
Los documentos filtrados están siendo publicados por varios periódicos de todo el mundo, después que Wikileaks desafió una apelación del gobierno estadounidense para que ésta no divulgara los documentos.
La Casa Blanca condenó la publicación de los cables diplomáticos y la calificó de peligrosa e imprudente. En un comunicado, Washington señaló que las revelaciones podrían comprometer discusiones privadas con gobiernos y líderes de otros países.
Tomado de BBC Mundo

    Wikileaks.- Zelaya dice que denunciará a EEUU por el golpe de Estado de 2009

    El ex presidente de Honduras Manuel Zelaya anunció este lunes que denunciará a Estados Unidos ante la Corte Penal Internacional (CPI) tras conocer los documentos diplomáticos filtrados el pasado domingo por Wikileaks, en lo referido al golpe de Estado del 28 de junio de 2009 que lo expulsó del poder, al considerar que Washington lo permitió, a sabiendas de que carecía de fundamento.

       En una entrevista concedida a TeleSur, el ex mandatario indicó que los cables de la embajada estadounidense en Tegucigalpa filtrados por el portal, le permitirán acudir a la CPI "para denunciar a Estados Unidos como Estado violador de los Derechos Humanos, pues no tomó ningún tipo de prevención ante el golpe".

       En un informe enviado a Washington poco después de que Zelaya fuera derrocado por un grupo de militares liderados por Roberto Micheletti, el embajador estadounidense en Honduras, Hugo Llorens, despejó cualquier duda sobre la naturaleza de estos hechos. "Los militares, la Corte suprema y el Congreso Nacional conspiraron el 28 de junio (de 2009) en lo que constituyó un golpe ilegal e inconstitucional contra el Ejecutivo", reza el documento citado por TeleSur.

       "Desde nuestra perspectiva no hay duda de que la llegada al poder de Roberto Micheletti ha sido ilegítima", recoge el documento en el que el diplomático apunta que "los argumentos esgrimidos por los defensores del golpe son a menudo ambiguos, no tienen ninguna validez sustancial" y, en algunos casos, son "abiertamente falsos".

       En este sentido, Llorens señala que, tras haber consultado a varios expertos sobre la legislación hondureña, no puede concluirse que Zelaya violara ley alguna o que intentara perpetuarse en el poder mediante la reforma constitucional que tenía prevista, tal y como afirmaron los autores del golpe.

       En este contexto, Zelaya consideró que Estados Unidos debe responder por su implicación en el golpe, ya que siendo consciente de que la medida era ilegal permitió que se sucedieran los acontecimientos hasta la celebración de unas elecciones "fraudulentas" bajo el auspicio del régimen interino de Micheletti, que concedieron la victoria al actual presidente, Porfirio Lobo.

       "Esta revelación de Wikileaks los compromete mucho porque conociendo el delito, lo encubrieron: la Inteligencia estadounidense sabía del Golpe de Estado (...) y contempló asesinatos de periodistas y en contra de disidencia, no sólo durante el Gobierno de Micheletti sino también en el de Lobo", apuntó.

    Informe del embajador de USA en HONDURAS, filtrado en Wikileaks dice que Corte de Justicia, Militares y Congreso Nacional, conspiraron en Golpe de Estado a Manuel Zelaya

    Fecha 07/24/2009 00:23:00
    Fuente: Embajada de Tegucigalpa
    Clasificación CONFIDENCIAL
    CONFIENDTIA TEGUCIGALPA L 000.645
    SIPDIS
    AMS DE A / S TOM SHANNON
    L PARA Harold Koh y Donoghue JOAN
    NSC PARA Dan Restrepo
    E.O. 12958: Dec: 07/23/2019
    TAGS: PGOV, KDEM, Kjus, TFH01, HO
    ASUNTO: TFHO1: EL CASO DEL GOLPE DE ESTADO EN HONDURAS
    REF: TEGUCIGALPA 578
    Clasificado por: Embajador Hugo Lorens, razón 1.4 (b y d)
    1. (C) Resumen: Se procura aclarar algunas de los asuntos legales y constitucionales alrededor del caso de la salida forzada del poder del presidente Manuel “Mel” Zelaya, el 28 de junio. En la perspectiva de la embajada americana no hay duda que los militares, la Corte Suprema de Justicia y el Congreso Nacional conspiraron el 28 de junio en lo que se constituye como en un ilegal y anticonstitucional golpe de estado en contra del Poder Ejecutivo, mientras aceptan que tal vez exista un caso “prima face” que Zelaya pudo haber cometido ilegalidades y que pudo hasta haber violado la constitución. Igualmente en nuestra perspectiva no hay dudas que la asunción de Roberto Micheletti al poder era ilegal. Sin embargo, también es evidente que la misma constitución es deficiente en los términos de dar los claros procedimientos a seguir para lidiar con el presunto acto ilegal del Presidente y en lo que es el resolver los conflictos entre los diferentes poderes del estado. Termina el resumen.
    2. (U) Tras la destitución y expulsión del Presidente Zelaya por las Fuerzas Armadas de Honduras, la embajada ha consultado expertos jurídicos hondureños (no es posible encontrar una opinión profesional absolutamente imparcial en la actual atmósfera política cargada) y revisando los textos de la constitución de Honduras y sus leyes para poder desarrollar un mejor entendimiento de los argumentos parlamentados por los partidarios y oponentes del golpe de estado.
    Argumentos de los defensores del golpe de estado
    1. (SBU) Los defensores del golpe de estado ocurrido en 28 de junio ofrecieron algunas combinaciones de los siguientes argumentos aunque algunos son ambiguos, para afirmar su legalidad:Zelaya ha quebrado la ley (presunto pero no probado);
    2. Zelaya renuncio (Una clara fabricación);
    3. Zelaya intento extender su periodo presidencial (suposición);
    4. Si se le hubiese dejado proceder con la encuesta de la opinión para la reforma constitucional, Zelaya hubiese disuelto el Congreso Nacional el día siguiente y convocado a una asamblea constituyente (suposición);
    5. Zelaya tuvo que ser removido del país para prevenir derramamiento de sangre;
    6. El Congreso “unánimemente” (o en algunas versiones por una votación de 123-5) depuso a Zelaya; (después del hecho bajo el reloj de secretividad); y
    7. Zelaya “automáticamente” ceso de ser Presidente al momento que sugirió modificar la prohibición a la reelección de la constitución.
    8. (C) En nuestro punto de vista ningún de los argumentos tiene alguna validez sustancial, bajo la constitución de honduras. Algunos son totalmente falsos. Otros son meramente suposiciones o posteriores racionalizaciones del aparente acto ilegal. Esencialmente:Los militares no tenían ninguna autoridad para remover a Zelaya del país;
    9. El Congreso no tenía ninguna autoridad para remover a un Presidente hondureño;
    10. El Congreso y el Judicial removió a Zelaya en las bases de una precipitada, ad-hoc, extralegal, secreto, proceso de 48 horas;
    11. La supuesta carta de “renuncia” fue una fabricación y no era ni las bases de la acción del 28 de junio por parte del Congreso; y
    12. El arresto de Zelaya y su salida a la fuerza del país violo múltiples garantías constitucionales, incluyendo la prohibición a la expatriación, a la presunción a la inocencia y el derecho al debido proceso.
    Juicio político bajo la Constitución de Honduras
    1. (U) Bajo la Constitución de Honduras como está escrita en la actualidad, el Presidente puede ser removido solamente bajo las bases de muerte, renuncia o incapacidad, Solo la Corte Suprema de Justicia puede determinar si el Presidente se encuentra “incapacitado” en la bases de haber cometido un crimen.
    2. (U) No existe un procedimiento a seguir para remover a un Presidente en la Constitución de Honduras de 1982. Originalmente el artículo 205-15 declara que el Congreso tiene la competencia para determinar si existe “causa” en contra del Presidente, pero no estipulo en que bases o bajo que procedimiento. El artículo 319-2 declara que la Corte Suprema de Justicia “escucharía” los casos de crímenes oficial o comunes cometidos por oficiales de alto nivel, en una determinación de causa por parte del Congreso. Esto implica un vago proceso de dos pasos para remover de manera ejecutiva al Presidente, involucrando a los otros dos Poderes del Estado, sin embargo sin un criterio o procedimiento específico. Pero, el artículo 205 fue abrogado en el 2003, y la correspondiente disposición del artículo 319 (reenumerado 313) fue revisado para declarar que solamente la Corte Suprema de Justicia escucharía “procesos iniciados” en contra de altos funcionarios. Sin embargo pareciera que bajo la Constitución, como actualmente está escrita, el remover a un Presidente o un oficial del gobierno es totalmente un asunto judicial.
    3. (U) Una respetada opinión legal confirma que el remover a un Presidente es un asunto judicial. De acuerdo a un libro escrito por un respetado jurista, Enrique Flores Valeriano, en 2006 – Padre del Ministro de la Presidencia de Zelaya, Enrique Flores Lanza – El artículo 112 de la ley de la Constitución Judicial indica que si cualquier oficial del gobierno es encontrado en la violación de la Constitución, esa persona tiene que ser removida de su cargo de manera inmediata por la máxima autoridad en la materia en cuestiones de constitucionalidad, siendo esta la Corte Suprema de Justicia.
    4. También muchos expertos nos han conformado que el proceso hondureño para remover a un Presidente o a otro oficial de alto nivel del gobierno, es de proceso judicial. Ellos coinciden que bajo la ley hondureña el proceso consiste en formular cargos criminales, siendo esto presentado por el Fiscal General, en contra del acusado ante la Corte Suprema de Justicia. La Corte Suprema de Justicia podría aceptar o rechazar los cargos. Si la Corte se mueve a procesar, esta asignaría a un Magistrado de la Corte Suprema de Justicia o un panel de Magistrados a investigar el asunto y darle la debida supervisión al juicio. El proceso del juicio será abierto y transparente y el demandado se le daría el total derecho de una legítima defensa, si es condenado en un juicio para removerlo del cargo, el Magistrado tiene toda la autoridad para remover al Presidente de su cargo o a cualquier otro oficial del gobierno. Una vez que el Presidente es removido entonces da lugar a que se dé la Sucesión Constitucional. En este caso que el Presidente sea legalmente procesado, condenado y removido, su sucesor sería el Vicepresidente o el que está determinado como el Designado Presidencial. En la situación actual de Honduras, en la que el diciembre pasado renuncia de su cargo el Vicepresidente Elvin Santos por sus aspiraciones para convertirse en candidato presidencial del Partido Liberal, el sucesor de Zelaya en este caso hubiese sido el Presidente del Congreso Nacional Roberto Micheletti. Desafortunadamente, e; Presidente nunca fue enjuiciado, ni condenado o legalmente removido de su cargo, para que se pudiese dar una legal sucesión.
    El caso legal en contra del Zelaya
    1. (C) Los opositores de Zelaya argumentaban que él violo la Constitución en numerosas maneras, alguno que aparentan ser en sus criterios como validos, otros no:Rehusarse a someter al Congreso el presupuesto: La Constitución declara sin ambigüedad que el Ejecutivo tiene que someter su presupuesto al Congreso para el 15 de septiembre de cada año (Art. 367), que el Congreso aprobará el presupuesto (Art. 366) y que ninguna obligación o pagos pueden ser efectuados excepto en las bases de un presupuesto aprobado (Art. 364);
    2. Rehusarse a darle fondo al Congreso: Artículo 212 declara que la Tesorería debe de proporcionarle de manera trimestral los fondos necesarios para el funcionamiento del Congreso;
    3. Proponer un ilegal referéndum constitucional: La Constitución puede ser modificada únicamente por medio del voto de dos tercias partes del congreso en dos asambleas (Art. 373 y 375); Una Asamblea Constituyente para reescribir la Constitución, tal como Zelaya promovía, era anti constitucional; Sin embargo, no es claro que el simple hecho de proponer una asamblea constitucional sea tomado como una violación a la Constitución, solo que cualquier cambio consiguiente de esa asamblea sería tomada como invalida;
    4. Desafiar el juicio de una Corte competente: Zelaya insistió en seguir adelante con la encuesta de opinión para una reforma constitucional después que ambas tanto una Corte de Primera Instancia y una Corte de Apelaciones le ordenara que suspendiera sus esfuerzos; Sin embargo, aunque tenía la clara intención de seguir adelante con la encuesta, en realidad nunca llego a concretarla;
    5. Proponer a la reforma de los artículos irreformables: Puesto que la Asamblea Constituyente propuesta por Zelaya tendría poderes ilimitados para reescribir la Constitución, se violó el artículo 374, que establece hace que ciertos artículos son pétreos. Sin embargo, una vez más Zelaya en realidad no trató de cambiar estos artículos, solamente se supone que tenía la intención;
      Destituir a el jefe de las fuerzas armadas: la Sala constitucional de la Corte Suprema falló el 25 de junio que Zelaya estaba en violación de la Constitución al despedir a Jefe de Defensa Vásquez Velásquez, la Constitución (art. 280) establece que el Presidente puede nombrar libremente o quitar el jefe de la Fuerzas Armadas, pero el tribunal dictaminó que, como Zelaya le despidió por negarse a llevar a cabo una encuesta que la corte había pronunciado ilegal, el despido era ilegal.
    6. (C) A pesar de que una causa bien podrían haber sido presentada en contra de
      Zelaya por varias de las supuestas violaciones constitucionales anteriores nunca hubo un análisis público y oficial de las pruebas ni nada que se parezca al debido proceso.
    El artículo 239
    1. (U) El artículo 239, que los partidarios del golpe vienen citando después de los hechos para justificar la remoción de Zelaya (y que no es mencionado en el voluminoso expediente judicial contra Zelaya), establece que todo funcionario que propone reformar la prohibición constitucional contra la reelección del Presidente cesará inmediatamente a llevar a cabo sus funciones y no tendrá derecho a ocupar cargos públicos por 10 años. Los defensores de Golpe de Estado han afirmado que por lo tanto Zelaya automáticamente dejó de ser presidente cuando propuso una asamblea constituyente para reescribir la Constitución.
    2. El análisis indica que el argumento que gira en torno a el artículo 239 está viciado por múltiples motivos:Aunque la suposición general es que la razón de Zelaya para intentar convocar a una asamblea constituyente fue modificar la constitución para permitir la reelección, no tenemos conocimiento de que lo manifestara públicamente;
    3. El artículo 239 no establece quien determina si se ha violado o cómo, pero es razonable suponer que no anula otras garantías del debido proceso y la presunción de inocencia;
    4. El artículo 94 establece que no se impondrá sanción sin que el acusado haya sido oído y condenado en un tribunal competente;
    5. Muchos otros funcionarios hondureños, incluyendo a otros presidentes, desde el primer gobierno electo con la Constitución de 1982 en vigor han propuesto permitir la reelección presidencial, y nunca se produjo la destitución automática de sus cargos como resultado.
    6. (C) Este argumento implicaría además que el propio Micheletti debe ser forzado a dimitir frente a la lógica del artículo 239 ya que como Presidente del Congreso sometió a discusión la legislación para tener una cuarta urna ("Cuarta Urna") en
      las elecciones de noviembre para solicitar la aprobación de los votantes para un
      asamblea constituyente para reescribir la constitución. Cualquier miembro del Congreso que debatió la propuesta también debería ser separado del puesto, y el candidato presidencial del Partido Nacional Pepe Lobo, que apoyó la idea, debe ser inhabilitado para ejercer cargos públicos por 10 años.
    El Retiro forzoso por los militares fue claramente ilegal
    1. (C) Independientemente de los méritos de las presuntas violaciones constitucionales de Zelaya, se desprende incluso con un somero vistazoque su expulsión por la vía militar era ilegal, e incluso los más fuertes defensores de golpe de Estado no han podido formular argumentos convincentes para salvar el abismo intelectual entre "Zelaya violó la ley" para "por lo tanto, fue llevado a Costa Rica por los militares sin un juicio. "Aunque los partidarios del golpe alegan que la Corte emitió una orden de detención a Zelaya por desobedecer su orden de desistir de la encuesta de opinión, la orden se hizo público días más tarde, y tenía por objeto su arresto y presentación ante la autoridad competente, no su expulsión del territorio hondureño;
    2. Incluso si el tribunal había ordenado que Zelaya fuese expulsado del país, esta orden habría sido inconstitucional; El artículo 81 establece que todos los hondureños tienen derecho a permanecer en el territorio nacional, con sujeción a ciertas excepción establecidas en el artículo 187, que pueden ser invocada sólo por el Presidente de la República con el acuerdo del Consejo de Ministros; el artículo 102 establece que ningún hondureño podrá ser expatriado;
    3. Las fuerzas armadas no tienen competencia para ejecutar órdenes judiciales. Originalmente, el artículo 272 estableció que las Fuerzas Armadas tenían la responsabilidad de "mantener la paz, el ordenpúblico orden y el dominio de la Constitución ", pero este texto fue suprimido en 1998; en virtud del texto actual, sólo la policía está autorizada a mantener la ley y ejecutar órdenes judiciales (art. 293);
    4. El recuento del secuestro de Zelaya por los militares indica nunca fue legalmente "presentado" con una orden, los soldados se abrieron paso a tiros en las cerraduras y esencialmente secuestraron al Presidente.
    5. (U), El principal asesor legal de las Fuerzas Armadas, Col. Herberth Bayardo Inestroza, reconoció en una entrevista publicado en la prensa hondureña que el 05 de julio de Honduras que las fuerzas armadas habían violado la ley en la expulsión de Zelaya del país. Ese mismo día se informó de que el Ministerio Público estaba investigando las acciones de las Fuerzas Armadas en la detención y deportación de Zelaya el 28 de junio y que el Tribunal Supremo de Justicia había pedido a las Fuerzas Armadas explicar las circunstancias que motivaron su exilio forzoso.
    6. (C) Como se informó en el reftel (telegrama de referencia), el asesor jurídico de la
      Corte Suprema dijo Poloff que al menos algunos jueces de la Corte consideran la detención de Zelaya y la deportación por los militares como ilegales.
    El Congreso no tenía autoridad para destituir a Zelaya
    1. C) Como se explicó anteriormente, la Constitución modificada en 2003 al parecer da autoridad única para la destitución de un presidente del poder judicial. Algunos medios de comunicación han informado que la acción del Congreso del28 de junio fue la aceptación de la renuncia de Zelaya, sobre la base de una carta de renuncia falsa con fecha 25 de junio que surgió después del golpe. Sin embargo, el 28 de junio la resolución del Congreso no hace mención de la carta, ni afirma que el Congreso aceptara renuncia de Zelaya. Se dice que el Congreso "desaprueba" la conducta de Zelaya, por lo que le "separa" del ejercicio de la Presidencia - una autoridad constitucional que el Congreso no tiene. Por otra parte, una fuente de liderazgo en el Congreso nos indicó no había quórum cuando la resolución fue aprobada, lo que la invalida. No hubo votación registrada, ni un recuento de "síes" y "noes".
    2. (C) En suma, para que una sucesión constitucional de Zelaya a Micheletti se produjera se requeriría que se cumpla una de las siguientes condiciones:
      Renuncia de Zelaya, su muerte, o incapacidad médica permanente (según lo determinado por las autoridades judiciales y médicas), o como se indicó anteriormente, su condena penal formal y consecuente destitución del cargo. En ausencia de cualquiera de estas condiciones el Congreso carecía de autoridad legal para remover a Zelaya; las acciones del 28 de junio sólo pueden ser consideradas como un golpe de Estado por el poder legislativo, con el apoyo de la rama judicial y los militares, contra el Poder Ejecutivo. Cabe mencionar que, aunque la resolución adoptada en junio 28 se refiere solamente a Zelaya, su efecto era eliminar el poder ejecutivo completo. Ambos acciones superan claramente la autoridad del Congreso.
    Comentario
    1. (C) El análisis de la Constitución arroja luz sobre los acontecimientos del 28 de junio. El establishment hondureño se enfrentó a un dilema: unanimidad casi absoluta entre las instituciones del Estado y la clase política en que Zelaya había abusado de sus poderes en violación de la Constitución, pero con cierta ambigüedad sobre qué hacer al respecto.
      Ante esta falta de claridad, los militares y / o quien ordenó el golpe de Estado recayeron en lo conocido -la manera en que los presidentes de Honduras han sido destituidos en el pasado: una carta de renuncia falsa y un billete de ida a un país vecino. Sin importar los méritos del caso en contra de Zelaya, su expulsión por los militares fue claramente ilegal, y el ascenso de Micheletti como "presidente interino" totalmente ilegítimo.
    2. (C) Sin embargo, la misma incertidumbre Constitucional que propició en la clase política este dilema puede proporcionar las semillas para una solución. Los más ardientes defensores legales del golpe no han podido explicar el salto intelectual desde los argumentos sobre los presuntos crímenes de Zelaya hasta cómo esas denuncias justifican que fuese arrastrado fuera de su cama en la noche y llevado en un avión a Costa Rica. Que la Procuraduría General de Justicia y el Tribunal Supremo ahora pongan en tela de juicio la legalidad de ese paso final puede proporcionar una salida para los dos lados opuestos en la disputa actual. Fin del comentario.
      LLORENS
      Destino
    VZCZCXYZ0000
    OO RUEHWEB
    DE RUEHTG #0645/01 2050023
    ZNY CCCCC ZZH
    O 240023Z JUL 09
    FM AMEMBASSY TEGUCIGALPA
    TO RUEHC/SECSTATE WASHDC IMMEDIATE 0237
    INFO RUEHZA/WHA CENTRAL AMERICAN COLLECTIVE IMMEDIATE
    RUEHCV/AMEMBASSY CARACAS IMMEDIATE 0735
    RHEHAAA/THE WHITE HOUSE WASHDC IMMEDIATE
    RUEAIIA/CIA WASHDC IMMEDIATE
    RHEFDIA/DIA WASHINGTON DC IMMEDIATE
    RUEIDN/DNI WASHINGTON DC IMMEDIATE
    RHEHAAA/NATIONAL SECURITY COUNCIL WASHINGTON DC IMMEDIATE
    RUMIAAA/USSOUTHCOM MIAMI FL IMMEDIATE

    Informe confidencial de Embajador de Estados Unidos en Honduras, referente a Golpe de Estado en Honduras, filtrado por Wikileaks


    C O N F I D E N T I A L TEGUCIGALPA 000645

    SIPDIS

    WHA FOR A/S TOM SHANNON
    L FOR HAROLD KOH AND JOAN DONOGHUE
    NSC FOR DAN RESTREPO

    E.O. 12958: DECL: 07/23/2019
    TAGS: PGOV, KDEM, KJUS, TFH01, HO
    SUBJECT: TFHO1: OPEN AND SHUT: THE CASE OF THE HONDURAN COUP

    REF: TEGUCIGALPA 578

    Classified By: Ambassador Hugo Llorens, reasons 1.4 (b and d)

    1. (C) Summary: Post has attempted to clarify some of the
    legal and constitutional issues surrounding the June 28
    forced removal of President Manuel "Mel" Zelaya. The
    Embassy perspective is that there is no doubt that the
    military, Supreme Court and National Congress conspired
    on June 28 in what constituted an illegal and
    unconstitutional coup against the Executive Branch, while
    accepting that there may be a prima facie case that Zelaya
    may
    have committed illegalities and may have even violated the
    constitution. There is equally no doubt from our perspective
    that Roberto Micheletti's assumption of power was
    illegitimate. Nevertheless, it is also evident that the
    constitution itself may be deficient in terms of providing
    clear procedures for dealing with alleged illegal acts by
    the President and resolving conflicts between the branches
    of government. End summary.

    2. (U) Since the June 28 removal and expulsion of President
    Zelaya by the Honduran armed forces, the Embassy has
    consulted Honduran legal experts (one cannot find a fully
    unbiased professional legal opinion in Honduras in the
    current politically charged atmosphere) and reviewed the
    text of the Honduran Constitution and its laws to develop a
    better understanding of the arguments being parlayed by the
    coup's supporters and opponents.

    -------------------------------
    Arguments of the Coup Defenders
    -------------------------------

    3. (SBU) Defenders of the June 28 coup have offered some
    combination of the following, often ambiguous, arguments to
    assert it's legality:

    -- Zelaya had broken the law (alleged but not proven);

    -- Zelaya resigned (a clear fabrication);

    -- Zelaya intended to extend his term in office
    (supposition);

    -- Had he been allowed to proceed with his June 28
    constitutional reform opinion poll, Zelaya would have
    dissolved Congress the following day and convened a
    constituent assembly (supposition);

    -- Zelaya had to be removed from the country to prevent a
    bloodbath;

    -- Congress "unanimously" (or in some versions by a 123-5
    vote) deposed Zelaya; (after the fact and under the cloak
    of secrecy); and

    -- Zelaya "automatically" ceased to be president the moment
    he suggested modifying the constitutional prohibition on
    presidential reelection.

    4. (C) In our view, none of the above arguments has any
    substantive validity under the Honduran constitution. Some
    are outright false. Others are mere supposition or ex-post
    rationalizations of a patently illegal act. Essentially:

    -- the military had no authority to remove Zelaya from the
    country;

    -- Congress has no constitutional authority to remove a
    Honduran president;

    -- Congress and the judiciary removed Zelaya on the basis
    of a hasty, ad-hoc, extralegal, secret, 48-hour process;

    -- the purported "resignation" letter was a fabrication and
    was not even the basis for Congress's action of June 28;
    and

    -- Zelaya's arrest and forced removal from the country
    violated multiple constitutional guarantees, including the
    prohibition on expatriation, presumption of innocence and
    right to due process.

    -------------------------------------------
    Impeachment under the Honduran Constitution
    -------------------------------------------

    5. (U) Under the Honduran Constitution as currently
    written, the President may be removed only on the basis of
    death, resignation or incapacitation. Only the Supreme
    Court may determine that a President has been
    "incapacitated" on the basis of committing a crime.

    6. (U) There is no explicit impeachment procedure in the
    1982 Honduran Constitution. Originally, Article 205-15
    stated that Congress had the competence to determine
    whether "cause" existed against the President, but it did
    not stipulate on what grounds or under what procedure.
    Article 319-2 stated that the Supreme Court would "hear"
    cases of official or common crimes committed by high-level
    officials, upon a finding of cause by the Congress. This
    implied a vague two-step executive impeachment process
    involving the other two branches of government, although
    without specific criteria or procedures. However, Article
    205 was abrogated in 2003, and the corresponding provision
    of Article 319 (renumbered 313) was revised to state only
    that the Supreme Court would hear "processes initiated"
    against high officials. Thus, it appears that under the
    Constitution as currently written, removal of a president
    or a government official is an entirely judicial matter.

    7. (U) Respected legal opinion confirms that the removal of
    a president is a judicial matter. According to a 2006 book
    by respected legal scholar Enrique Flores Valeriano -- late
    father of Zelaya's Minister of the Presidency, Enrique
    Flores Lanza -- Article 112 of the Law of Constitutional
    Justice indicates that if any government official is found
    to be in violation of the Constitution, that person should
    be removed from office immediately with the ultimate
    authority on matters of Constitutionality being the Supreme
    Court.

    8. (U) Many legal experts have also confirmed to us that
    the Honduran process for impeaching a President or other
    senior-level officials is a judicial procedure. They
    assert that under Honduran law the process consists of formal
    criminal charges being filed by the Attorney General
    against the accused with the Supreme Court. The Supreme
    Court could accept or reject the charges. If the Court
    moved to indict, it would assign a Supreme Court
    magistrate, or a panel of magistrates to investigate the
    matter,
    and oversee the trial. The trial process is open and
    transparent and the defendant would be given a full right
    of self-defense. If convicted in the impeachment trial,
    the magistrates have authority to remove the President or
    senior official. Once the President is removed, then the
    constitutional succession would follow. In this case, if a
    President is legally charged, convicted, and removed, his
    successor is the Vice President or what is termed the
    Presidential Designate. In the current situation in
    Honduras, since the Vice President, Elvin Santos, resigned
    last December in order to be able to run as the Liberal
    Party Presidential candidate, President Zelaya's successor
    would be Congress President Roberto Micheletti.
    Unfortunately, the President was never tried, or
    convicted, or was legally removed from office to allow a
    legal succession.

    -----------------------------
    The Legal Case Against Zelaya
    -----------------------------

    9. (C) Zelaya's opponents allege that he violated the
    Constitution on numerous grounds, some of which appear on
    their face to be valid, others not:

    -- Refusing to submit a budget to the Congress: The
    Constitution is unambiguous that the Executive shall submit
    a proposed budget to Congress by September 15 each year
    (Art. 367), that Congress shall approve the budget (Art.
    366) and that no obligations or payments may be effectuated
    except on the basis of an approved budget (Art. 364);

    -- Refusing to fund the Congress: Article 212 states that
    the Treasury shall apportion quarterly the funds needed for
    the operation of the Congress;

    -- Proposing an illegal constitutional referendum: The
    Constitution may be amended only through two-thirds vote of
    the Congress in two consecutive sessions (Art. 373 and
    375); a constituent assembly to rewrite the constitution,
    as Zelaya promoted, is therefore unconstitutional; however,
    it is not clear that proposing a constituent assembly in
    itself violates the constitution, only that any changes
    ensuing from that assembly would be invalid;

    -- Defying the judgment of a competent court: Zelaya
    insisted on pushing ahead with his constitutional reform
    opinion poll after both a first-instance court and an
    appeals court ordered him to suspend those efforts;
    however, while he clearly intended to follow through with
    the poll, he never actually did it;

    -- Proposing to reform unreformable articles: Since
    Zelaya's proposed constituent assembly would have unlimited
    powers to rewrite the constitution, it violated Article
    374, which makes certain articles unamendable; once again,
    though, Zelaya never actually attempted to change the
    so-called "carved in stone" articles; it was only assumed
    he intended to;

    -- Dismissing the armed forces chief: The Supreme Court's
    Constitutional Hall ruled June 25 that Zelaya was in
    violation of the Constitution for dismissing Defense Chief
    Vasquez Velasquez; the Constitution (Art. 280) states that
    the President may freely name or remove the chief of the
    armed forces; but the court ruled that since Zelaya fired
    him for refusing to carry out a poll the court had ruled
    illegal, the firing was illegal.

    10. (C) Although a case could well have been made against
    Zelaya for a number of the above alleged constitutional
    violations, there was never any formal, public weighing of
    the evidence nor any semblance of due process.

    -----------------------
    The Article 239 Cannard
    -----------------------

    11. (U) Article 239, which coup supporters began citing
    after the fact to justify Zelaya's removal (it is nowhere
    mentioned in the voluminous judicial dossier against
    Zelaya), states that any official proposing to reform the
    constitutional prohibition against reelection of the
    president shall immediately cease to carry out their
    functions and be ineligible to hold public office for 10
    years. Coup defenders have asserted that Zelaya therefore
    automatically ceased to be President when he proposed a
    constituent assembly to rewrite the Constitution.

    12. (C) Post's analysis indicates the Article 239 argument
    is flawed on multiple grounds:

    -- Although it was widely assumed that Zelaya's reason for
    seeking to convoke a constituent assembly was to amend the
    constitution to allow for reelection, we are not aware
    that he ever actually stated so publicly;

    -- Article 239 does not stipulate who determines whether it
    has been violated or how, but it is reasonable to assume
    that it does not abrogate other guarantees of due process
    and the presumption of innocence;

    -- Article 94 states that no penalty shall be imposed
    without the accused having been heard and found guilty in a
    competent court;

    -- Many other Honduran officials, including presidents,
    going back to the first elected government under the 1982
    Constitution, have proposed allowing presidential
    reelection, and they were never deemed to have been
    automatically removed from their positions as a result.

    13. (C) It further warrants mention that Micheletti himself
    should be forced to resign following the logic of the 239
    argument, since as President of Congress he considered
    legislation to have a fourth ballot box ("cuarta urna") at
    the November elections to seek voter approval for a
    constituent assembly to rewrite the constitution. Any
    member of Congress who discussed the proposal should also
    be required to resign, and National Party presidential
    candidate Pepe Lobo, who endorsed the idea, should be
    ineligible to hold public office for 10 years.

    --------------------------------------------- -
    Forced Removal by Military was Clearly Illegal
    --------------------------------------------- -

    14. (C) Regardless of the merits of Zelaya's alleged
    constitutional violations, it is clear from even a cursory
    reading that his removal by military means was illegal, and
    even the most zealous of coup defenders have been unable to
    make convincing arguments to bridge the intellectual gulf
    between "Zelaya broke the law" to "therefore, he was packed
    off to Costa Rica by the military without a trial."

    -- Although coup supporters allege the court issued an
    arrest warrant for Zelaya for disobeying its order to
    desist from the opinion poll, the warrant, made public days
    later, was for him to be arrested and brought before the
    competent authority, not removed from the county;

    -- Even if the court had ordered Zelaya to be removed from
    the country, that order would have been unconstitutional;
    Article 81 states that all Hondurans have the right to
    remain in the national territory, subject to certain narrow
    exceptions spelled out in Article 187, which may be invoked
    only by the President of the Republic with the agreement of
    the Council of Ministers; Article 102 states that no
    Honduran may be expatriated;

    -- The armed forces have no/no competency to execute
    judicial orders; originally, Article 272 said the armed
    forces had the responsibility to "maintain peace, public
    order and the 'dominion' of the constitution," but that
    language was excised in 1998; under the current text, only
    the police are authorized to uphold the law and execute
    court orders (Art. 293);

    -- Accounts of Zelaya's abduction by the military indicate
    he was never legally "served" with a warrant; the soldiers
    forced their way in by shooting out the locks and
    essentially kidnapped the President.

    15. (U) The Armed Forces' ranking legal advisor, Col.
    Herberth Bayardo Inestroza, acknowledged in an interview
    published in the Honduran press July 5 that the Honduran
    Armed Forces had broken the law in removing Zelaya from the
    country. That same day it was reported that the Public
    Ministry was investigating the actions of the Armed Forces
    in arresting and deporting Zelaya June 28 and that the
    Supreme Court had asked the Armed Forces to explain the
    circumstances that motivated his forcible exile.

    16. (C) As reported reftel, the legal adviser to the
    Supreme Court told Poloff that at least some justices on
    the Court consider Zelaya's arrest and deportation by the
    military to have been illegal.

    ------------------------------------------
    Congress Had no Authority to Remove Zelaya
    ------------------------------------------

    17. (C) As explained above, the Constitution as amended in
    2003 apparently gives sole authority for removing a
    president to the judiciary. The Congressional action of
    June 28 has been reported in some media as acceptance of
    Zelaya's resignation, based on a bogus resignation letter
    dated June 25 that surfaced after the coup. However, the
    June 28 Congressional resolution makes no mention of the
    letter, nor does it state that Congress was accepting
    Zelaya's resignation. It says Congress "disapproves" of
    Zelaya's conduct and therefore "separates" him from the
    office of President -- a constitutional authority Congress
    does not have. Furthermore, a source in the Congressional
    leadership told us that a quorum was not present when the
    resolution was adopted, rendering it invalid. There was no
    recorded vote, nor a request for the "yeas" and "nays."

    18. (C) In sum, for a constitutional succession from Zelaya
    to Micheletti to occur would require one of several
    conditions:

    Zelaya's resignation, his death, or permanent medical
    incapacitation (as determined by judicial and medical
    authorities), or as discussed previously, his formal criminal
    conviction and removal from office. In the absence of any of
    these conditions and since Congress lacked the legal
    authority to remove Zelaya, the actions of June 28 can only
    be considered a coup d'etat by the legislative branch, with
    the support of the judicial branch and the military, against
    the executive branch. It bears mentioning that, whereas the
    resolution adopted June 28 refers only to Zelaya, its effect
    was to remove the entire executive branch. Both of these
    actions clearly exceeded Congress's authority.

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    Comment
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    19. (C) The analysis of the Constitution sheds some
    interesting light on the events of June 28. The Honduran
    establishment confronted a dilemma: near unanimity among
    the institutions of the state and the political class that
    Zelaya had abused his powers in violation of the
    Constitution, but with some ambiguity what to do about it.
    Faced with that lack of clarity, the military and/or
    whoever ordered the coup fell back on what they knew -- the
    way Honduran presidents were removed in the past: a bogus
    resignation letter and a one-way ticket to a neighboring
    country. No matter what the merits of the case against
    Zelaya, his forced removal by the military was clearly
    illegal, and Micheletti's ascendance as "interim president"
    was totally illegitimate.

    20. (C) Nonetheless, the very Constitutional uncertainty
    that presented the political class with this dilemma may
    provide the seeds for a solution. The coup's most ardent
    legal defenders have been unable to make the intellectual
    leap from their arguments regarding Zelaya's alleged crimes
    to how those allegations justified dragging him out of his
    bed in the night and flying him to Costa Rica. That the
    Attorney General's office and the Supreme Court now
    reportedly question the legality of that final step is
    encouraging and may provide a face-saving "out" for the two
    opposing sides in the current standoff.
    End Comment.
    LLORENS